DIETRICH BONHOEFFER HABLA SOBRE "EL DERECHO A LA VIDA CORPORAL"

       Dietrich Bonhoeffer (1906-1945), reconocido teólogo y pastor luterano alemán, nació en una familia numerosa de la alta burguesía culta de Breslau (hoy Wrocław, perteneciente a Polonia). Su padre era psiquiatra y catedrático de Psiquiatría; su madre, pianista. La familia se traslada a Berlín poco después de su nacimiento. Dietrich cursó estudios de Teología, primero (1923) en Tubinga y después en Berlín (1924 y siguientes). Se doctoró con 21 años, obteniendo la calificación máxima ("Summa cum Laude"). Después de una estancia en Barcelona, donde desde febrero de 1928 rige la iglesia luterana, vuelve en 1929 a Berlín, y desde allí irá en viaje de estudios a los Estados Unidos en septiembre de 1930. El 31 de noviembre de 1931, de nuevo en Alemania, es ordenado como pastor. Ya había comenzado su fecunda producción literaria.
     Profesor de Teología en la Universidad de Berlín, se enfrenta públicamente al nacionasocialismo. Es uno de los fundadores de la que se llamó la "Bekennende Kirche" ("Iglesia Confesante"), que, al margen del luteranismo oficial, se oponía al control nazi de las confesiones religiosas. Ya el 1 de febrero de 1931 la Gestapo corta una intervención radiofónica suya. Entre 1933 y 1935 pasa un tiempo en Londres, sirviendo como pastor para fieles de lengua alemana. Regresa a Alemania para dirigir un seminario de la "Iglesia Confesante" (que fue declarado ilegal por el gobierno), inicialmente en Zingst y después en Finkenwalde (hoy Szczecin, Polonia). La Gestapo clausura el seminario en octubre de 1937, y prohíbe a Dietrich enseñar, predicar y hablar en público. El seminario continuará sus actividades en la clandestinidad hasta ser cerrado definitivamente en 1940. Como dirigente de la "Iglesia Confesante", Bonhoeffer se opondrá firmemente al antisemitismo de Hitler. En 1938, por mediación de su cuñado Hans von Dohnany, antiguo condiscípulo suyo en el Gymnasium de Grunewald, entra en contacto con un grupo de resistentes en el que figuran algunos militares de alta graduación que, encabezados por el almirante Wilhelm Canaris, tiene su centro en la Abwehr (Oficina de Inteligencia Militar). Al año siguiente hace otro viaje a los Estados Unidos. Se promete con Maria von Wedermayer, de familia noble, a la que conocía desde los días de Finkenwalde.
       El 13 de marzo de 1943 se produce un atentado contra Hitler que excita los ánimos de la Gestapo. Bonhoeffer es detenido el 5 de abril, junto con su cuñado Hans, por ser el depositario del dinero del llamado "Proyecto 7" que se destinaba a ayudar a trasladar a Suiza a los niños judíos, y es encarcelado en la prisión militar berlinesa de Tegel. Allí pasa un año y medio.
         A raíz de otro atentado fallido contra el Führer el 20 de julio de 1944, se le acusa, aunque en aquella fecha estaba en prisión, de complicidad en el intento de magnicidio, en el que ciertamente habían participado algunos parientes suyos, como su tío Paul von Hasse, que sería ejecutado el 8 de agosto de aquel mismo año. El 8 de octubre Dietrich es trasladado a la prisión de la Gestapo para ser sometido a interrogatorios, y el 7 de febrero de 1945 lo llevan al campo de concentración de Buchenwald. De él será enviado al de Flossenbürg a principios de abril.
       El día 8, un tribunal militar nazi lo condena a muerte en un juicio sumarísimo, como también a su cuñado, al almirante Canaris y a otros reos. Ese mismo día dirige un servicio religioso a petición de los demás presos. Al amanecer del día siguiente, 9 de abril de 1945, es ahorcado. Según el testimonio del médico del campo, que asistió a la ejecución, "se arrodilló para rezar antes de subir los escalones del cadalso, valeroso y sereno. En los cincuenta años que he trabajado como doctor, nunca vi morir a un hombre tan entregado a la voluntad de Dios". Sus últimas palabras fueron: "Éste es el fin; para mí, el principio de la Vida".
         En la década de 1990, el gobierno alemán lo exculpó de cualquier actividad criminal. La iglesia luterana lo cuenta entre sus mártires, y los papas Pablo VI y Francisco lo elogiaron, considerándolo una figura cristiana ejemplar.
         Traigo hoy aquí un fragmento de un ensayo suyo sobre "El derecho a la vida corporal" incluido en su libro Ethik (1992; en la edición española, Ética, Ediciones Trotta, Madrid, 2000):


           "La vida corporal, que nosotros recibimos sin nuestra colaboración, lleva en sí el derecho a su conservación. No se trata de un derecho que lo hayamos arrebatado o lo hayamos adquirido, sino que se trata de un derecho recibido, 'nacido con nosotros' en el más auténtico sentido de la palabra, que está ahí ante nuestra voluntad, que descansa en el mismo ser. Ya que, de acuerdo con la voluntad de Dios, la vida humana sobre la tierra existe solamente como vida corporal, el cuerpo tiene derecho a la conservación a causa del hombre integral. Como con la muerte se extinguen todos los derechos, la conservación de la vida corporal es la base de todos los derechos naturales en general y por esto reviste una importancia especial. El derecho original de la vida natural es la preservación de la naturaleza de todo perjuicio intencionado, de la opresión y la muerte. Esto suena quizá poco heroico y muy sobrio. Pero en primer término el cuerpo no existe para ser sacrificado, sino conservado. Pero que después, partiendo de diferentes y más elevados puntos de vista, pueda resultar el derecho y la obligación de sacrificar el cuerpo, ya supone como algo previo el derecho original a la conservación de la vida corporal.

Johann König (1586-1642), Adán y Eva en el Paraíso, 1629   

       Al igual que la vida en general, la vida corporal es tanto medio para el fin como fin en sí misma. Es propio del idealismo, pero no es cristiano entender el cuerpo exclusivamente como medio para el fin. Tan pronto como se ha logrado el fin, el medio ya no interesa y se prescinde de él. A esta concepción correspondería la idea del cuerpo como cárcel del alma inmortal, que con la muerte abandona el cuerpo para siempre[27]. De acuerdo con la doctrina cristiana, el cuerpo tiene una altísima dignidad. El hombre es un ser corporal y sigue siéndolo incluso en la eternidad. La corporeidad y el ser humano están relacionados entre sí de una manera indisoluble. De este modo a la corporeidad, que es la forma de existencia del hombre querida por Dios[28], corresponde una finalidad en sí misma. Esto no excluye ciertamente que el cuerpo siga subordinado a un fin superior. Pero es importante que entre los derechos de la vida corporal se cuente su conservación no solo como medio para el fin, sino como fin en sí mismo. Esta autofinalidad del cuerpo recibe su expresión en los goces del cuerpo dentro de la vida natural. Si el cuerpo solo fuera medio para lograr un fin, el hombre no tendría derecho alguno a los goces corporales. No se podría reclamar en ese caso ni un mínimum racional de placer corporal[29]. Esto tendría consecuencias muy importantes para el enjuiciamiento cristiano de todos los problemas relacionados con la vida corporal como son los problemas de la vivienda, de la alimentación, del vestido, de la diversión, del juego, de la sexualidad. Pero si al cuerpo le corresponde una finalidad en sí mismo, entonces hay derecho a los goces corporales, sin que estos sin más tengan que subordinarse a un fin más elevado. En la naturaleza misma del goce estriba que este se eche a perder cuando intervienen en él ideas utilitarias. Más tarde tendremos que volver sobre esto al hablar del derecho a la felicidad. Los goces del cuerpo son, dentro de la vida natural, una referencia a los goces eternos que Dios ha prometido a los hombres. Cuando se priva a un hombre de la posibilidad de goces corporales, y esto sucede cuando se emplea su cuerpo exclusivamente como medio para un fin, entonces tiene lugar una injerencia en el derecho original de la vida corporal[30]:

           Come tu pan con alegría, bebe tu vino con buen ánimo; pues tu obra agrada a Dios. Que tus vestidos sean siempre blancos y que no falte el ungüento a tu cabeza. Vive alegremente con la esposa que amas, mientras tengas esta vida fugaz que Dios te ha dado bajo el sol, mientras conserves tu vida fugaz; pues esta es tu parte en la vida y en tu trabajo que tú realizas bajo el sol (Ecl 9, 7-9). Así, pues, alégrate, joven, en tu juventud y haz que tu corazón sea bueno en tu juventud. Haz lo que gusta a tu corazón y agrada a tus ojos, y sábete que Dios te conducirá ante juicio por todo esto (Ecl 11,9). ¿Quién puede comer felizmente y deleitarse sin él? (Ecl 2, 25).

         La vivienda de los hombres no tiene solamente el sentido de un refugio contra la tormenta y la noche como las cavernas de los animales, sino que es el ámbito en el que el hombre puede gozar las alegrías de una vida personal en la seguridad de los suyos y de su propiedad. Comer y beber no solo sirve a la conservación de la salud corporal, sino también al goce natural en la vida corporal. El vestido no solo tiene que cubrir el cuerpo por necesidad, sino que a la vez tiene que ser ornamento del mismo. La diversión no solo tiene la finalidad del poder prestar después mayor rendimiento, sino que proporciona al cuerpo el descanso y el goce que le corresponde. El juego por su propia naturaleza, lejos de todo carácter utilitario, es la expresión más clara de la finalidad que el cuerpo tiene en sí mismo. La sexualidad no es solo un medio de multiplicación, sino que dentro del matrimonio, independientemente de esta finalidad, proporciona el goce por el amor de dos personas entre sí. De lo que hemos dicho resulta que el sentido de la vida corporal nunca desaparece en su determinación teleológica, sino que se agota con la consecución de la exigencia de goce que le es inherente.
            Quizá de ninguna otra manera se vea con más claridad hasta qué punto la vida corporal gravita hacia el goce que en el caso de que el cuerpo, incluso cuando ha de servir rectamente y con gran esfuerzo a unos fines necesarios, experimenta goce en semejante servidumbre. Esto sucede solamente cuando junto a la utilidad del cuerpo se concede asimismo el derecho correspondiente a la finalidad que el cuerpo tiene en sí mismo.

 
         En cada caso el cuerpo es 'mi' cuerpo[31]; nunca, ni siquiera en el matrimonio, puede pertenecer a otro en el mismo sentido como me pertenece a mí. Mi cuerpo me separa de los demás espacialmente y me enfrenta a los demás hombres como hombre. El atentar contra mi cuerpo es una intrusión en mi existencia personal. El respeto que debo a otros hombres se expresa con una distancia claramente conservada respecto de su vida corporal. El castigo corporal solo se justifica en cuanto que la persona afectada aún no llega a considerarse como una existencia autónoma y en cuanto que se debe expresar esta falta de autonomía por medio del castigo corporal, con el fin de fomentar la necesaria autonomía. No se puede establecer una regla fija para saber lo que puede considerarse como una existencia autónoma. Sin embargo el límite de la edad infantil será en este caso decisivo, y con toda certeza el hombre maduro, que ha llegado ya a tener conciencia de sus derechos naturales, debe ser considerado como existencia autónoma. Otra cosa son los castigos corporales a los criminales. En algunos casos serán fungibles, cuando, a causa de la villanía y desvergüenza del criminal, se pretende intencionadamente deshonrarlo y cuando el atentado criminal de una vida corporal extraña exige el castigo corporal del autor.
        Entre personas libres y autónomas un atentado consciente de la vida ajena significa la conculcación del primer derecho natural del hombre y, con ella, su fundamental privación de todo derecho y la destrucción de la vida natural".


[27] Alusión a Platón, Crátilo 400 b-c. 
[28] "El cuerpo es la forma de existencia del espíritu, así como el espíritu es la forma de existencia del cuerpo. Eso solo puede afirmarse del hombre" (DBW III, 73). 
[29] En la primera mitad del siglo xx la fundamentación teológica del derecho al goce corporal es, tanto en el catolicismo como en el protestantismo, una rareza. 
[30] Al margen del manuscrito se hallan las siguientes citas: Ecl 2, 24; 3, 12; 9, 7 ss.; 11,9 ss.
[31] Alusión al Pequeño Catecismo de M. Lutero (B5LK 510): "Creo que Dios, al mismo tiempo que todas las otras criaturas, me ha creado: me ha dado y mantiene el cuerpo, alma, ojos, orejas y todos los miembros, razón y todos los sentidos".

Dieter Bonhoeffer


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